Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Debe sujetarse a las disposiciones del Código Federal de Procedimientos Civiles, con las modificaciones consignadas en el artículo 107 constitucional.
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Registro digital (IUS): 811632
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1071
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda. Ramírez José Salomé. 4 de abril de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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