FISCALES

Artículo IUS 811633. SUSPENSION, AUTO DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

SUSPENSION, AUTO DE.

Permanece firme y debe ser obedecido y cumplimentado, desde luego, mientras no se pronuncie sentencia definitiva, en el juicio de amparo relativo, a menos que, durante el curso de éste, sea revocado por causa superveniente.

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Registro digital (IUS): 811633

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1080

Precedentes

Queja en amparo civil. Pinillos de Rangel María. 4 de abril de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811633 del FISCALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811633 de la J. Fiscales SCJN?

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