Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
No lo es la relativa a un amparo directo que se haya presentado antes de que transcurrieran quince días, desde la fecha de la instalación de la Corte.
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Registro digital (IUS): 811636
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1094
Amparo civil directo interpuesto ante la Suprema Corte. Cirerol Villamil Pedro y coagraviados. 5 de abril de 1918. Mayoría de nueve votos. Ausente: José María Truchuelo. Disidente: Agustín de Valle. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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