Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
No es motivo para impugnar las resoluciones presidenciales relativas a ella, el hecho de que, al ejecutarlas, puedan cometerse irregularidades o infracciones de ley.
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Registro digital (IUS): 811638
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1101
Amparo administrativo en revisión. Pérez Cortina Santos y coagraviada. 5 abril de 1918. Mayoría de siete votos. Ausente: José María Truchuelo. Disidentes: Santiago Martínez Alomía, Enrique García Parra y Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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