Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Resultaría ilusorio el beneficio de otorgarla, si se obligara al tercero perjudicado a pagar los desembolsos que el quejoso hubiera hecho, directa o indirectamente, para conseguir la fianza.
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Registro digital (IUS): 811861
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1254
Queja en amparo civil. Gobba Constantino. 5 de diciembre de 1918. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: José M. Truchuelo y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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