Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
La que hacen los tribunales, en uso de la facultad soberana que les da la ley, de las aducidas en el juicio, sin que exista una infracción manifiesta de las leyes que regulan la prueba, no constituye violación de garantías.
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Registro digital (IUS): 811864
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 1269
Amparo civil directo. Rodríguez de León Salvador. 6 de diciembre de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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