FISCALES

Artículo 24 . SUSPENSION PROVISIONAL. REQUISITOS Y EFECTOS DE LA RESOLUCION QUE LA CONCEDE EN MATERIA CIVIL.

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

SUSPENSION PROVISIONAL. REQUISITOS Y EFECTOS DE LA RESOLUCION QUE LA CONCEDE EN MATERIA CIVIL.

La medida suspensional debe surtir efectos desde el momento en que se hace del conocimiento de las autoridades responsables, con el objeto de impedir que éstas continúen con la actividad que se proponen o estén desarrollando para no causar perjuicio al quejoso, manteniendo las cosas en el estado que se encuentran al momento de ser solicitada, es decir debe evitar que se produzcan las consecuencias jurídicas de los actos combatidos impidiendo que las responsables ejecuten cualquier actividad tendiente a actualizarlos. La resolución respectiva debe fijar la situación en que deben quedar las cosas al decretarse la suspensión, debe señalar los requisitos para poder otorgarse y las medidas pertinentes para conservar la materia del amparo, con el objeto de que la medida produzca efectos, mismos que perdurarán mientras se puedan causar al agraviado daños y perjuicios con motivo de los actos reclamados hasta en tanto se decida en sentencia firme sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de los mismos.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEGUNDO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 811923

Clave: 24

Fuente: Informes

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; Informes; Informe 1988, Parte III; Pág. 971

Precedentes

Queja 4/88. Impulsora de Culiacán, S. A. de C. V. 15 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Morales Cruz. Secretario: Daniel Juan García Hernández.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 24 del FISCALES?

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 24 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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