Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito
El emplazamiento defectuoso de quienes son copropietarios de la cosa materia del juicio instaurado en su contra, se convalida si cualquiera de ellos contesta la demanda y es oído durante el procedimiento, porque tratándose de una comunidad, a cuya virtud cada comunero ejerce su derecho sobre todo el predio y no sobre una parte determinada del mismo, las acciones y por tanto las excepciones tendientes a defender los derechos de la comunidad pueden ejercitarse por todos los copropietarios, por una parte de ellos o por uno solo.TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO NOVENO CIRCUITO.
---
Registro digital (IUS): 812061
Clave: 12
Fuente: Informes
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; Informes; Informe 1988, Parte III; Pág. 1086
Amparo en revisión 240/87. José Luis Cruz Vázquez. 10 de marzo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Xavier Ríos Vergara. Secretaria: Yolanda Leyva Zetina.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. 2a. CXXV/2015 (10a.). REVISIÓN EN AMPARO DIRECTO. LA APLICACIÓN DEL ACUERDO GENERAL 9/2015 (*), DEL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN A TODOS LOS ASUNTOS, INCLUSIVE A LOS PROMOVIDOS ANTES DE SU ENTRADA EN VIGOR, NO VULNERA EL PRINCIPIO DE IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY.
Siguiente
Art. PC.IV.A. J/17 A (10a.). DECRETO POR EL QUE SE DECLARAN 23 LUGARES COMO ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS, CON EL CARÁCTER DE ZONAS SUJETAS A CONSERVACIÓN ECOLÓGICA, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN EL 24 DE NOVIEMBRE DE 2000. CONSTITUYE UN ACTO PRIVATIVO.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo