FISCALES

Artículo 32 . VIA, PROCEDENCIA DE LA. CASOS EN QUE SU ESTUDIO NO ES OFICIOSO.

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladaoctava-Épocacomún

Texto Legal

VIA, PROCEDENCIA DE LA. CASOS EN QUE SU ESTUDIO NO ES OFICIOSO.

La procedencia de la vía sólo debe atenderse de oficio cuando así lo disponga la ley, o cuando, de no hacerse, se afecte el interés público o el de terceros ajenos al procedimiento, pues incluso, de no darse estos dos últimos supuestos, nuestro sistema legal autoriza, de manera genérica, la renuncia de un derecho (artículo 6o. del Código Civil del Estado de Baja California y mismo numeral del Código Civil para el Distrito Federal); y por otra parte, si bien la vía es un presupuesto procesal, es indudable que esto no puede llevar a soslayar la preservación de los juicios que, aunque seguidos en una vía diversa a la prevista por la ley, solamente involucran el interés de las partes que se conforman con tal situación y que la ley no haya obligado al Juez a revisar de oficio la vía intentada, ya que ello implicaría vulnerar el orden público que la preservación anotada revista en aras de atender la pronta y expedita administración de justicia, por lo que debe ponderarse esta situación por encima de la revisión oficiosa de la vía auspiciada por ambas partes y cuya incorrecta elección no haya vulnerado el interés público o de terceros, ni transgredido un imperativo legal expreso que exija esa revisión.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO QUINTO CIRCUITO.

---

Registro digital (IUS): 812369

Clave: 32

Fuente: Informes

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; Informes; Informe 1989, Parte III; Pág. 1103

Precedentes

Amparo directo 127/88. Desarrollos Urbanos de Baja California, S. A. y coagraviada. 9 de febrero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro Fernando Reyes Colín. Secretario: Angel Rodríguez Rico.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 32 del FISCALES?

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 32 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 32 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 32 FISCALES desde tu celular