Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala
No es exacto que "se ha violado lo dispuesto por el artículo 200, fracción VII, del Código Fiscal de la Federación, ya que ante la Comisión Mixta de Planificación, al intentarse el recurso… no se probó en forma alguna que el pago de impuestos de plusvalía se hubiera hecho", porque se ha dejado expuesto en este considerando que la falta de entrega del documento en que conste el pago respectivo, por parte del C. Arquitecto Vicente Urteaga, presidente del Comité Ejecutivo de las Obras de Planificación, no puede causar perjuicio alguno a la actora, exigiéndole que cubra nuevamente prestaciones que fueron extinguidas a virtud del pago, máxime que la existencia de tal documento quedó corroborada en autos con la multicitada escritura.
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Registro digital (IUS): 812526
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1963; Pág. 52
Revisión fiscal 397/61. Eloísa H. De Mena. 4 de enero de 1963. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Secretario: Angel Suárez Torres.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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