FISCALES

Artículo IUS 812705. FIANZAS A FAVOR DEL SEGURO SOCIAL. PROCEDIMIENTO PARA HACERLAS EFECTIVAS.

Jurisprudencia · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

FIANZAS A FAVOR DEL SEGURO SOCIAL. PROCEDIMIENTO PARA HACERLAS EFECTIVAS.

Aunque el Instituto Mexicano del Seguro Social tiene personalidad jurídica propia, y la misma no puede confundirse con la de las personas jurídicas mencionadas en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones y Fianzas, ha de reconocerse que, de acuerdo con el artículo 135 de la ley orgánica del instituto, éste tiene carácter de organismo fiscal autónomo, para los efectos señalados en ese artículo, el cual fija también el carácter de fiscal a las aportaciones que tenga el instituto y al procedimiento administrativo de ejecución de las liquidaciones que no le fueren cubiertas, además de que las leyes de ingresos de la Federación preceptúan como ingresos de la misma "las aportaciones del I M S S". Por consiguiente, al observarse el procedimiento fijado en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones y Fianzas, no se comete violación alguna a dicho precepto.

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Registro digital (IUS): 812705

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [J]; 6a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1965; Pág. 36

Precedentes

Amparo en revisión 691/63. Afianzadora Mexicana, S. A. 16 de abril de 1964. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Amparo en revisión 1692/64. La Guardiana, S. A. Compañía General de Fianzas 23 de abril de 1965. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Amparo en revisión 3736/63. Compañía Americana de Fianzas, S. A. 30 de abril de 1965. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Amparo en revisión 3298/62. Compañía Americana de Fianzas, S. A. 4 de junio de 1965. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Amparo en revisión 9497/64. Afianzadora Mexicana, S. A. 4 de junio de 1965. Unanimidad de cuatro votos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 812705 del FISCALES?

Jurisprudencia · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 812705 de la J. Fiscales SCJN?

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