FISCALES

Artículo IUS 812776. FIANZA EXIGIBLE AL FISCO.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

FIANZA EXIGIBLE AL FISCO.

No basta considerar al fisco suficientemente solvente para librarlo de la obligación que tiene como quejoso en un juicio de amparo, de responder de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar al tercero con la suspensión, de acuerdo con el imperativo fijado en la fracción VI del artículo 107 constitucional, en la que no se establece excepción alguna cualquiera que sea la persona, bien sea física o moral, quien solicite el amparo de la Justicia Federal.

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Registro digital (IUS): 812776

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1943; Pág. 18

Precedentes

Amparo 5621/43. Jesús Páez. Unanimidad de cuatro votos. Ponente y Ausente: José Ortiz Tirado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 812776 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 812776 de la J. Fiscales SCJN?

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