FISCALES

Artículo IUS 812985. DEVOLUCION DE LO PAGADO INDEBIDAMENTE POR CONCEPTO DE DERECHOS DE EXPLOTACION DE MADERA.

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

DEVOLUCION DE LO PAGADO INDEBIDAMENTE POR CONCEPTO DE DERECHOS DE EXPLOTACION DE MADERA.

Resuelto ya por este Alto Tribunal, en ejecutoria anterior, que el cobro que se hizo a la quejosa, por el concepto mencionado, debe nulificarse, consecuentemente, en respeto de dicha ejecutoria, debe devolverse lo pagado indebidamente; de esta suerte, la acción intentada en el segundo juicio, que es el que se revisa, sí es procedente, y resultan inconducentes y, por ello, inoperantes, los agravios que se proponen, enderezados en contra de la primitiva ejecutoria, ya que en ésta, de manera definitiva e inatacable, fueron resueltos los puntos originales del debate; y, al nulificarse el cobro respectivo fue procedente la acción de devolución, de acuerdo con la fracción VI del artículo 160 del Código Fiscal.

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Registro digital (IUS): 812985

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1962; Pág. 61

Precedentes

Revisión fiscal 6/61. Compañía Maderera de Casas Grandes, S. de R. L. 24 de enero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Ponente: Rafael Matos Escobedo. Secretario: Luis de la Iloz Chabert.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 812985 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 812985 de la J. Fiscales SCJN?

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