FISCALES

Artículo IUS 812984. PERSONALIDAD DE LOS LITIGANTES.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

PERSONALIDAD DE LOS LITIGANTES.

No basta que quien se ostenta como apoderado de una persona moral afirme que tiene reconocida esa personalidad ante la autoridad de quien emanó el acto impugnado, sino que es preciso que lo compruebe fehacientemente y no basta para ello la presentación de un documento en el que conste una comunicación dirigida por esa autoridad a aquel que se ostenta como apoderado, notificándole alguna resolución que afecte a la persona moral que dice representar, pues bien puede suceder que la notificación se haga a tal presunto representante con el simple carácter de autorizado para recibirla y no el de efectivo representante legal.

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Registro digital (IUS): 812984

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1943; Pág. 84

Precedentes

Amparo 2522/43. "Eduardo Bautista y Compañía", S. de R. L. 9 de julio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 812984 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 812984 de la J. Fiscales SCJN?

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