FISCALES

Artículo IUS 813142. CADUCIDAD.

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

CADUCIDAD.

La impugnación de inconstitucionalidad de reglamentos no es obstáculo para que se opere la caducidad de la acción constitucional intentada en el juicio respectivo, ya que la Segunda Sala de la Suprema Corte, en tesis firme y constante ha sustentado que los reglamentos, por su origen y finalidades, no son equiparables a una verdadera ley, y en consecuencia al concurrir el requisito respectivo y los restantes que exige la fracción V del artículo 74 de la Ley de Amparo para sancionar con el sobreseimiento del juicio, la falta de actuación o de promoción a que el mismo precepto se refiere, procede dictar el sobreseimiento correspondiente.

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Registro digital (IUS): 813142

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1958; Pág. 33

Precedentes

Amparo en revisión 3660/54. Compañía "Gustavo Levy", sucesores, S.A. 6 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Ponente: Ramírez. Secretario: Luis de la Hoz Chabert.En el mismo sentido:Amparo en revisión 2308/54. Editorial Sol, S.A. 6 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Ponente: Ramírez. Secretario: Luis de la Hoz Chabert.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813142 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813142 de la J. Fiscales SCJN?

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