Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala
La afirmación hecha por el promovente de que en dicha "acta no se consigna ningún dato o elemento de convicción de que mi representada fuera responsable de los hechos", carece de razón, puesto que si en la repetida acta se sostiene que "En esta virtud (en la de haber comprobado los hechos denunciados antes referidos), el C. Delegado Forestal, con las facultades que su cargo le confieren, procedió a decomisar tres toneladas de corteza de mangle que se encontraron depositadas en la galera que para el efecto tiene dicha compañía en este lugar (en el "Muelle" de la Congregación de Agua Dulce, Municipio de Coatzacoalcos, Ver.)", implícitamente se está imputando tal responsabilidad a la recurrente, con la presunción de tal responsabilidad en su contra, ya que si, en efecto, la empresa quejosa había suspendido sus operaciones de explotación dos años antes, resulta ilógico que la misma conservara en una de sus bodegas tres toneladas de corteza de mangle; y no es racional pensar que si esa existencia la tenía la compañía quejosa con anterioridad a la fecha en que se decretó la veda, no hubiera podido obtener las guías" correspondientes, o por lo menos hubiera probado que había gestionado su expedición; de donde se concluye que su responsabilidad se ha acreditado suficientemente, coligiéndose de allí que la multa impuesta ha sido perfectamente legal.
---
Registro digital (IUS): 813206
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1958; Pág. 104
Amparo en revisión 2947/58. 27 de agosto de 1958. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Secretario: Manuel Rodríguez Soto.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. IUS 813205. REVISION. NO PUEDE INTERPONERLA QUIEN OBTUVO SENTENCIA FAVORABLE.
Siguiente
Art. 1a./J. 7/2016 (10a.). REVISIÓN EN AMPARO DIRECTO. ES EXTEMPORÁNEO CUANDO SU ADMISIÓN SE BASA EN EL SUPUESTO DE "PRESUNCIÓN DE OPORTUNIDAD", POR LO QUE DEBE PROCEDER SU DESECHAMIENTO POR IMPROCEDENTE.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo