FISCALES

Artículo IUS 813288. SENTENCIAS DE AMPARO. SON INTERDEPENDIENTES LOS PUNTOS RESOLUTIVOS DEL FALLO CON LA PARTE CONSIDERATIVA DEL MISMO.

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

SENTENCIAS DE AMPARO. SON INTERDEPENDIENTES LOS PUNTOS RESOLUTIVOS DEL FALLO CON LA PARTE CONSIDERATIVA DEL MISMO.

Resulta fundada la queja de la autoridad responsable contra la resolución del Juez de Distrito que a su vez declaró fundada la queja interpuesta por la agraviada, por defecto en la ejecución de la sentencia que la amparó, si la quejosa al fijar los hechos reclamados se refiere a una extensión determinada de terreno y con relación a esa superficie se le concedió la protección constitucional en los puntos resolutivos de la ejecutoria, pues es punto bien explorado que el alcance de una sentencia se encuentran determinado en sus puntos dispositivos y que sus considerandos en ningún caso pueden ampliar el alcance y contenido de los puntos decisorios, que siempre prevalecen frente a los considerandos; de tal manera que si la quejosa exige en ejecución de la sentencia de amparo una cantidad mayor de terreno que la originalmente señalada en la demanda, en realidad trata de ampliar los actos reclamados, lo que ya no es permisible.

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Registro digital (IUS): 813288

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1959; Pág. 121

Precedentes

Queja 15/59. Elena Contreras Godínez de Bernal. 15 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rivera Pérez Campos. Ponente: Franco Carreño. Secretario: Vicente Aguinaco Alemán.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813288 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813288 de la J. Fiscales SCJN?

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