Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala
Cuando por error, en una ejecutoria pronunciada por algunas de las Salas de la Suprema Corte, se ampara contra una autoridad que aunque señalada como responsable, no fue la que llevó a cabo el acto reclamado, la misma Sala puede hacer, mediante acuerdo, la rectificación correspondiente, debiendo el acuerdo que dicte en tal sentido formar parte de la ejecutoria que se rectifica.
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Registro digital (IUS): 813375
Fuente: Informes
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1958; Pág. 31
Amparo directo 1608/56. Rafael Castelán Jiménez. 30 de junio de 1958. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XII,Quinta Parte, página 236, tesis de rubro: "SENTENCIA DE AMPARO, INMUTABILIDAD DE LA."
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. PC.XI. 1 K (10a.). CONTRADICCIÓN DE TESIS ENTRE TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO. PROCEDE RESPECTO DE CRITERIOS SUSTENTADOS EN UN AMPARO DIRECTO Y EN UN CONFLICTO COMPETENCIAL.
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