Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Cuando una legislatura se constituye en gran jurado para la averiguación de algún delito, obra como autoridad judicial y aplica un ordenamiento de carácter penal, por lo cual sus actos quedan exactamente comprendidos en la parte inicial de la fracción III del artículo 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
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Registro digital (IUS): 813393
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1940; Pág. 42
Amparo 8447/39. Alberto Marín B. y coagraviado. 3 de septiembre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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