FISCALES

Artículo IUS 813479. AMPARO IMPROCEDENTE.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

AMPARO IMPROCEDENTE.

El juicio de garantías que se endereza contra actos derivados de la ejecución de una sentencia de amparo por exceso o por defecto de la misma ejecución, es improcedente, porque el artículo 96 de la Ley Orgánica de los artículos 103 y 107 de la Constitución Federal, claramente expresa que entonces procede el recurso de queja, el cual puede ser interpuesto por cualquiera de las partes en el juicio o por cualquiera persona que justifique legalmente que le agravia la ejecución o cumplimiento de la sentencia de amparo.

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Registro digital (IUS): 813479

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1940; Pág. 10

Precedentes

Revisión 220/37. Trinidad Ocaña y coagraviado. 9 de abril de 1940. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813479 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813479 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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