FISCALES

Artículo IUS 813565. AMPARO DIRECTO. COMPETENCIA DE LA SUPREMA CORTE.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

AMPARO DIRECTO. COMPETENCIA DE LA SUPREMA CORTE.

La competencia exclusiva de este Alto Tribunal en amparo directo, deriva de la impugnación que se hace de la sentencia irrevocable de segundo grado, y los demás actos que se involucran en la demanda, en cuanto relativos a la ejecución de esa sentencia no son sino la consecuencia necesaria de la misma y, por tanto, susceptibles de comprenderse en la correspondiente suspensión.

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Registro digital (IUS): 813565

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1955; Pág. 25

Precedentes

Amparo directo 4360/53. Melesio Cárdenas Domínguez. 11 de junio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813565 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813565 de la J. Fiscales SCJN?

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