FISCALES

Artículo IUS 813876. RETIROS Y PENSIONES DEL EJERCITO Y ARMADA NACIONALES. INTERPRETACION DEL ARTICULO 18 DE LA LEY DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

RETIROS Y PENSIONES DEL EJERCITO Y ARMADA NACIONALES. INTERPRETACION DEL ARTICULO 18 DE LA LEY DE.

Los militares con simple licencia ilimitada, que no estén en situación de retiro, no tienen derecho a pensión de retiro con sueldo íntegro, aunque hayan combatido contra la invasión yanqui, de 1914. Si un militar con licencia ilimitada que solicitó para dedicarse a asuntos particulares, pero no en situación de retiro, pretende que, por haber combatido contra la invasión yanqui de 1914, tiene derecho a una pensión de retiro con sueldo íntegro, a lo cual se niega la Secretaría de la Defensa Nacional; y si en el amparo que entonces promueve contra ésta se le ampara, tal sentencia debe ser revocada por cuanto el artículo 18 de la Ley de Retiros y Pensiones del Ejército y Armada Nacionales, que se refiere a los que combatieron contra las invasiones yanquis de 1914 y 1916, no constituye una excepción al artículo 7o. de dicha ley, y este último, que establece quiénes tienen derecho a pensión de retiro, no comprende el caso de simple licencia ilimitada por causas voluntarias. Y porque por otra parte, el artículo 14 de dicha ley, que habla de los derechos a tal pensión en los que gozan de licencia ilimitada o absoluta; supone la situación de retiro, única que conforme al citado artículo 7o. da derecho a pensión.

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Registro digital (IUS): 813876

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1951; Pág. 88

Precedentes

Revisión fiscal 60/51. Secretarías de la Defensa Nacional y de Hacienda y Crédito Público. 20 de septiembre de 1951. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Franco Carreño.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813876 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813876 de la J. Fiscales SCJN?

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