FISCALES

Artículo IUS 814246. ALCOHOLES. PORTEAMIENTO DE AGUARDIENTES A BASE DE MEZCLAS FRIAS. IRRESPONSABILIDAD FISCAL DE LA EMPRESA PORTEADORA.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

ALCOHOLES. PORTEAMIENTO DE AGUARDIENTES A BASE DE MEZCLAS FRIAS. IRRESPONSABILIDAD FISCAL DE LA EMPRESA PORTEADORA.

Procede confirmar la concesión del amparo otorgado a Ferrocarriles Nacionales de México, si como aparece de autos la Sala responsable del Tribunal Fiscal no tomó en debida cuenta el acta de infracción y aseguramiento levantada por el inspector respectivo, en donde éste reconoce que la "Casa Madero, S. A., o la dependencia de esta negociación llamada Bodegas de San Lorenzo, hizo una falsa declaración del producto remitido por aquélla y transportado por la institución quejosa, así como también por haber prescindido dicha Sala de haber tomado en cuenta prueba documental pública como la antes aludida en la cual la propia Secretaría de Hacienda por oficios girados por la misma, ha reconocido que el licor de que se trata no se rige por la Ley de Alcoholes, Aguardientes y Mieles Inscristalizables, por estar formada a base de mezclas frías, hasta el punto de haber ordenado el levantamiento del secuestro practicado y la entrega del producto a la porteadora para hacerlo llegar a su destinatario, invocando para tal determinación de devolución, acuerdo del subsecretario de Hacienda y Crédito Público publicado en el Diario Oficial el 21 de mayo de 1949.

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Registro digital (IUS): 814246

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1950; Pág. 34

Precedentes

Juicio de amparo 2121/50. Ferrocarriles Nacionales de México. 30 de junio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. Ponente: Octavio Mendoza González.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814246 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814246 de la J. Fiscales SCJN?

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