FISCALES

Artículo IUS 814267. CAMINOS NACIONALES. LEY DE VIAS GENERALES DE COMUNICACION.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladaquinta-Épocaadministrativa

Texto Legal

CAMINOS NACIONALES. LEY DE VIAS GENERALES DE COMUNICACION.

No puede aceptarse como hecho notorio el de que alguna autoridad y no otra se haya hecho cargo de la construcción de una vía de comunicación, ni que algún paseo o avenida urbana o suburbana forme parte de una carretera nacional; y si no se presenta prueba sobre el particular, no puede tenerse como violatorio el acuerdo para que los interesados obtengan permisos de ruta locales para explotar el servicio de camiones.

---

Registro digital (IUS): 814267

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1950; Pág. 45

Precedentes

Juicio de amparo 6633/49. Castro Teodoro y coagraviados. 17 de julio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente y Ponente: Nicéforo Guerrero.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814267 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814267 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 814267 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 814267 FISCALES desde tu celular