FISCALES

Artículo IUS 814456. LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladaquinta-Épocaadministrativa

Texto Legal

LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES.

Es inexacto que el artículo 9o. de la Ley General de Bienes Nacionales solamente se refiera a las facultades del Ejecutivo Federal para declarar, incorporar, desincorporar, etcétera, zonas federales; estas facultades están comprendidas en las fracciones I, II y III de dicho precepto, pero las siguientes IV, V y VI, se refieren a diversos actos del Ejecutivo, siendo de advertir que la última es de alcance muy amplio, porque confiere a dicha autoridad la facultad de dictar todas las disposiciones ejecutivas que demanda el cumplimiento de la Ley de Bienes Nacionales. Ahora bien, como el acto reclamado, se origina en la ocupación de un terreno que, según la Dirección de Marina Mercante, es un bien de la Nación, tal acto se dictó en cumplimiento de esa ley. Y si la reclamación que se hace a la quejosa y la sanción que le fue impuesta le ocasionaron perjuicio, por estimar que no se trata de bienes de esta naturaleza, tuvo a su alcance la defensa que consigna la fracción I del artículo 11 del mencionado ordenamiento. que dice que, si con motivo de las resoluciones dictadas en cumplimiento de lo mandado por el artículo 9o., alguien sufre un perjuicio individual, directo y actual, podrá oponerse ante la misma autoridad que haya dictado la providencia.

---

Registro digital (IUS): 814456

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1950; Pág. 100

Precedentes

Juicio de amparo 2922/49. Compañía Azucarera del Pánuco, S. A. 13 de enero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: Octavio Mendoza González.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814456 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814456 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 814456 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 814456 FISCALES desde tu celular