FISCALES

Artículo IUS 814567. QUEJA FUNDADA. PARA EL EFECTO DE QUE SE TRAMITE Y RESUELVA LA QUE SE PROPUSO AL JUEZ DE DISTRITO.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladaquinta-Épocaadministrativa

Texto Legal

QUEJA FUNDADA. PARA EL EFECTO DE QUE SE TRAMITE Y RESUELVA LA QUE SE PROPUSO AL JUEZ DE DISTRITO.

Por ejecutoria pronunciada por esta Sala con fecha trece de enero del corriente año mil de mil novecientos cincuenta, en el toca número 572 de mil novecientos cuarenta y ocho, se concedió el amparo y protección de la Justicia Federal al Sindicato de Trabajadores en Transportes Terrestres y Casas de Comercio en Tampico y Ciudad Madero, contra los actos que se reclamaron del capitán de puerto y del administrador de la aduana de Tampico, que se reducen a impedir al sindicato quejoso la carga y descarga de los camiones foráneos en la zona federal, y a proteger al Gremio Unido de Alijadores, S. C. de R. L., para que desempeñe tales maniobras; fundándose esa ejecutoria sustancialmente, en que aparece que el sindicato de trabajadores está autorizado para hacer las maniobras aludidas, y que el gremio de alijadores carece de tal autorización. Ahora bien, si el escrito de fecha ocho de febrero del año en curso, que el sindicato agraviado dirigió al Juzgado de Distrito, incluye una queja contra las autoridades responsables, porque se negaban a cumplir la expresada ejecutoria de amparo, y así lo estimó el mismo C. Juez en su auto de fecha trece de febrero del presente año es claro en esas condiciones, que el propio Juez de Distrito debió dar entrada al recurso de queja que se le propuso, tramitarlo y resolverlo en los términos del artículo 98 de la Ley de Amparo, lo cual no hizo; por lo que, para el expresado efecto, debe declararse fundada la presente queja contra el auto de nueve de febrero del año en curso.

---

Registro digital (IUS): 814567

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1950; Pág. 131

Precedentes

Queja 162/50. Sindicato de Trabajadores en Transportes Terrestres y Casas de Comercio en Tampico y Ciudad Madero. 26 de agosto de 1950. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Franco Carreño.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814567 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814567 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 814567 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 814567 FISCALES desde tu celular