FISCALES

Artículo IUS 814595. PERITOS. FUNCIONES DE PERITO MEDICO TERCERO EN DISCORDIA.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

PERITOS. FUNCIONES DE PERITO MEDICO TERCERO EN DISCORDIA.

La misión de los peritos terceros en discordia debe limitarse a examinar los dictámenes de los peritos de los litigantes, con la finalidad de decidir cuál es el que contiene datos más aproximados sobre los puntos concluyentes de esos dictámenes, pudiendo emitir una nueva opinión no siendo siempre necesario que esos peritos terceros en discordia, en tratándose de médicos, reconozcan al paciente, supuesto que tienen a su alcance todo el cúmulo de datos recogidos por aquellos peritos experticiales, los análisis del laboratorio, radiografías, etc., que formen parte de los autos del expediente.

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Registro digital (IUS): 814595

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1942; Pág. 92

Precedentes

Amparo directo. 8880/41. The Cananea Consolidated Copper Company, S.A. 19 de febrero de 1942. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca,Volumen II, Quinta Parte, página 42, tesis de rubro: "ENFERMEDADES PROFESIONALES, PRUEBA DE LAS (PERITOS)".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814595 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814595 de la J. Fiscales SCJN?

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