FISCALES

Artículo IUS 814596. RECURSO ADMINISTRATIVO NECESARIO.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladaquinta-Épocaadministrativa

Texto Legal

RECURSO ADMINISTRATIVO NECESARIO.

Antes de resolver la instancia del quejoso, la referida autoridad consultó el caso al abogado consultor del Gobierno del Estado, quien por conducto de la Secretaría General del mismo gobierno, dio su parecer, el cual sirvió de fundamento a la resolución del administrador de rentas. Ahora bien, aunque se haya conocido, ya el parecer del abogado consultor del gobierno, ello no quiere decir, sin embargo, que tal opinión sea la del Ejecutivo Local, ni menos que haya sido expresada a través de una resolución formal emitida por el gobernador, como lo requiere el citado artículo 465 de la ley de hacienda. Por otra parte, el artículo 338 no exige, para que el administrador de rentas resuelva, que se consulte el caso al abogado consultor del gobierno; y si en el caso se hizo, fue para conocer una mera opinión del propio consultor, mas no la del Ejecutivo, que bien puede, en última instancia, resolver ésta en sentido contrario al parecer del primero, a través de una resolución formal como lo manda el propio artículo 465.

---

Registro digital (IUS): 814596

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1950; Pág. 135

Precedentes

Juicio de amparo 5072/50. Massud Noriega Manuel. 9 de octubre de 1950. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814596 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814596 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 814596 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 814596 FISCALES desde tu celular