FISCALES

Artículo IUS 814692. PRUEBAS PRESUNTIVA Y TESTIMONIAL, APRECIACION DE LAS.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PRUEBAS PRESUNTIVA Y TESTIMONIAL, APRECIACION DE LAS.

El hecho de tener por comprobada la responsabilidad por medio de presunciones que por su enlace natural y lógico llegan a constituir prueba plena, no puede considerarse violatorio de garantías cuando la autoridad responsable al evaluar esa prueba obra dentro de las facultades que le concede la ley. La evaluación de la prueba de testigos no es violatoria de garantías si no se abusa del arbitrio que concede la ley al juzgador.

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Registro digital (IUS): 814692

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1954; Pág. 77

Precedentes

Amparo directo 3731/53/1a. Severiano Elviro González. 18 de febrero de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814692 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814692 de la J. Fiscales SCJN?

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