FISCALES

Artículo IUS 814701. LEY FEDERAL DE IMPUESTO SOBRE INGRESOS MERCANTILES, ARTICULO 18 FRACCION VIII DE LA.

Jurisprudencia · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

LEY FEDERAL DE IMPUESTO SOBRE INGRESOS MERCANTILES, ARTICULO 18 FRACCION VIII DE LA.

La mezcla inicial de 55 grados G. L. a la temperatura de 15 grados C. de aguardiente, con el resto de agua, que produce inicialmente Destilería Huasteca, S. A., y la que elabora rebajada en su grado alcohólico a 38 grados G. L., a la temperatura de 15 grados C. de aguardiente con el resto de agua, a la cual se le da el nombre de Ron Huasteco Potosí, objeto de la venta de primera mano, guarda el mismo estado líquido y las mismas condiciones de mezcla formada con aguardiente y agua, y encaja la exención de la fracción VIII del artículo 18 de la Ley Federal de Impuesto sobre Ingresos Mercantiles, por mediar esta sola circunstancia y porque cubrió los tres impuestos especiales federales contenidos en el artículo 1o. de la Ley de Impuestos a las Industrias de Alcohol y Aguardiente. En las revisiones fiscales que sirvieron de antecedente a ésta número 360/58 y que en seguida se mencionan, se admite no sólo la mezcla del aguardiente con agua, sino con moscatel, futuras secas o caramelo.

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Registro digital (IUS): 814701

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [J]; 6a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1960; Pág. 21

Precedentes

Revisión fiscal 23/53. Casa Berreteaga, S.A. 5 de marzo de 1953. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.Revisión fiscal 251/54. Destiladora Cordobesa, S. A. 13 de octubre de 1954. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.Revisión fiscal 162/57. Destiladora Cordobesa, S. A. 14 de octubre de 1957. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.Revisión fiscal 360/58. Procuraduría Fiscal de la Federación (Negociación Destilería Huasteca, S. A.). 17 de junio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Felipe Tena Ramírez. Ponente: Octavio Mendoza González. Secretario: Julio Videgaray.Revisión fiscal 325/958. Ron Córdoba, S. A. 8 de agosto de 1960. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Secretario: Genaro Martínez Moreno.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814701 del FISCALES?

Jurisprudencia · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814701 de la J. Fiscales SCJN?

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