Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Si la Secretaría de Hacienda tenía resuelto que conforme al artículo 9o. fracción III de la Ley del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles vigente en 1948, que en general no son causantes del mismo los agricultores y los ganaderos, abarcando en la exención a quienes se dedican a la explotación de ganado, sólo pudo nulificar su acuerdo mediante demanda ante el Tribunal Fiscal de la Federación en los términos del artículo 160 fracción VIII del Código Fiscal de la Federación.
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Registro digital (IUS): 814962
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1954; Pág. 34
Toca 54/50/A. Romero Eusebio A. y otros. 21 de abril de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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