Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
La negación de ser cierto un acuerdo por parte de la autoridad ordenadora, no puede quedar desvirtuada con el informe de una de las autoridades ejecutoras en que, desentendiéndose de manifestar si es cierta o no la ejecución que se le atribuye, afirma la existencia del acuerdo ordenador, pero no presenta el comprobante del mismo, puesto que la confesión no puede recaer sobre hechos ajenos a quien la produce.
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Registro digital (IUS): 815128
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1948; Pág. 91
Amparo 6049/47. José Alberto Peñalver. 26 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IV.1o.A. J/21 (10a.). SOLICITUD PARA OBTENER LA PATENTE DE AGENTE ADUANAL DE MANERA DIRECTA. ES IMPROCEDENTE SI NO SE AJUSTA AL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 159 DE LA LEY ADUANERA (VIGENTE HASTA EL 9 DE DICIEMBRE DE 2013).
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Art. IUS 815133. LEYES. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS. LOS ORDENAMIENTOS QUE VIENEN A COMPLEMENTAR OTROS PARA TENER LA NOTA DE "OBLIGATORIEDAD" Y DE "LEGALIDAD", DEBEN SEGUIR EL SISTEMA EXIGIDO POR LA CONSTITUCION, CUANDO SE TRATA DE ACTIVIDAD REGLAMENTARIA, LA CUAL NO ES DELEGABLE POR EL C. PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
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