Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Reclama el pueblo de San Mateo del Mar la resolución del Ejecutivo Federal en la parte que se refiere a los linderos entre ese pueblo y el de Huilotepec; por manera, que la demanda propuesta surte la competencia de la Suprema Corte, de acuerdo con el artículo 323 y, en tal virtud, debe ser admitida y correrse traslado de ella al pueblo demandado, o sea, Huilotepec, y al Departamento Agrario.
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Registro digital (IUS): 815144
Fuente: Informes
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1946; Pág. 190
Juicio de inconformidad 2/46. Pueblo de San Mateo del Mar, Oaxaca. Unanimidad de quince votos, por lo que se refiere a la admisión de la demanda y mayoría de ocho votos contra siete por lo que se refiere a que el traslado se corra al Departamento Agrario. La publicación no menciona la fecha de resolución ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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