FISCALES

Artículo 16 . PRUEBAS TESTIMONIAL Y PERICIAL. VIOLACIONES QUE MOTIVAN LA REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.

Jurisprudencia · Séptima Época · Segunda Sala

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Texto Legal

PRUEBAS TESTIMONIAL Y PERICIAL. VIOLACIONES QUE MOTIVAN LA REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.

Si no hay constancia en autos de que las copias del interrogatorio y del cuestionario relativas a las pruebas testimonial y pericial, ofrecidas por la parte quejosa, se hubieran entregado al núcleo de población tercero perjudicado, por lo que éste no pudo hacer uso del derecho de repreguntar a los testigos y tampoco estuvo en posibilidad de adicionar el cuestionario para los peritos ni de designar, en su caso, perito de su parte que emitiera el dictamen correspondiente, debe estimarse que se incurrió en violación del artículo 151, segundo párrafo, parte final, de la Ley de Amparo; por lo cual procede revocar la sentencia recurrida y decretar la reposición del procedimiento en el juicio de garantías, con fundamento en el artículo 91, fracción IV, de la citada ley, para el efecto de que el Juez de Distrito provea lo necesario a fin de que, previa notificación personal a las partes del acuerdo o acuerdos respectivos, se desahogue nuevamente la prueba testimonial con el objeto de que el núcleo tercero perjudicado pueda repreguntar a los testigos, y en cuanto a la prueba pericial, se dé oportunidad al propio núcleo de ejercer el derecho que tiene de adicionar el cuestionario relativo o, en su caso, de designar perito de su parte.

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Registro digital (IUS): 815185

Clave: 16

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [J]; 7a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1974, Parte II; Pág. 39

Precedentes

Amparo en revisión 5850/69. Darío Salazar Fernández y otros. 18 de junio de 1973. Cinco votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez.Amparo en revisión 5320/72. Aurelio Garza Treviño y otros. 18 de octubre de 1973. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.Amparo en revisión 5465/72. Rubén Muñoz de la Peña. 31 de octubre de 1973. Cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.Amparo en revisión 2604/73. Nereo García Medina y coagraviados. 9 de enero de 1974. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.Amparo en revisión 5055/72. Oriol Ahumada Uraga y otro. 16 de enero de 1974. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.Nota:Esta tesis también aparece en:Séptima Epoca, Tercera Parte, Volumen 60, página 31 (jurisprudencia con precedentes diferentes), bajo el rubro "AGRARIO. PRUEBAS PERICIAL Y TESTIMONIAL. DESAHOGO ILEGAL. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.".Apéndice de 1995, Tomo III, Parte SCJN, tesis 360, página 263 (jurisprudencia con precedentes diferentes), bajo el rubro "PRUEBAS PERICIAL Y TESTIMONIAL. DESAHOGO ILEGAL. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 16 del FISCALES?

Jurisprudencia · Séptima Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 16 de la J. Fiscales SCJN?

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