FISCALES

Artículo IUS 815218. SOBRESEIMIENTO.

Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar

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Texto Legal

SOBRESEIMIENTO.

Cuando concurren varios motivos de improcedencia, debe sobreseerse preferentemente por aquél que, subsistiendo en el momento de pronunciarse el fallo, sea cronológicamente anterior, si constituye una causa independiente respecto de algún ulterior motivo de improcedencia.

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Registro digital (IUS): 815218

Fuente: Informes

Instancia: Sala Auxiliar

Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; Informes; Informe 1954; Pág. 68

Precedentes

Amparo directo 6708/48. García Rodríguez Gerónimo. 10 de agosto de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente y ponente: Angel González de la Vega. Amparo directo 1068/41. Salas Roberto L. 18 de agosto de 1953. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.Amparo directo 1248/41. Reyes Mejía Juan. 18 de agosto de 1953. Mayoría de tres votos. Disidentes: Mariano Azuela y Felipe Tena Ramírez. Ponente: Angel González de la Vega.Amparo directo 1928/39. Fragoso Dámaso. 7 de julio de 1953. Unanimidad de cinco votos.Ponente: Angel González de la Vega.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815218 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815218 de la J. Fiscales SCJN?

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