FISCALES

Artículo IUS 815220. ACTO RECLAMADO, ES VIOLATORIO DE GARANTIAS CUANDO NO SE RESUELVEN TODOS LOS PUNTOS CONTROVERTIDOS.

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

ACTO RECLAMADO, ES VIOLATORIO DE GARANTIAS CUANDO NO SE RESUELVEN TODOS LOS PUNTOS CONTROVERTIDOS.

Del examen de la resolución que contiene el acto reclamado (fojas 18), se desprende que no fue materia de la misma, el punto controvertido, consistente en que la imposición de la multa de quinientos pesos es violatoria del artículo 16 de la Constitución General de la República, porque el acta 563963 no está suscrita por dos testigos. En estas condiciones, si la referida Junta omitió resolver en su integridad las cuestiones legales puestas a su consideración, mediante escrito de 9 de enero de 1963, tal omisión es violatoria, en perjuicio de la quejosa, de las garantías individuales consagradas a su favor por los artículos 14 y 16 constitucionales, suficiente para concederle el amparo y la protección de la Justicia Federal que solicita, para el único efecto de que las autoridades responsables emitan nueva resolución resolviendo íntegramente el problema puesto a su consideración.

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Registro digital (IUS): 815220

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1964; Pág. 39

Precedentes

Amparo en revisión 3405/63. Garfias de Lozano María Teresa. 15 de enero de 1964. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Secretario: Angel Suárez Torres.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815220 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815220 de la J. Fiscales SCJN?

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