FISCALES

Artículo IUS 815255. SUSPENSION. CANCELACION DE LICENCIAS DE TRANSITO.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

SUSPENSION. CANCELACION DE LICENCIAS DE TRANSITO.

El hecho de que los quejosos hayan obtenido las correspondientes, beneficiándose con ello la sociedad, que exige que los servicios de transporte sean numerosos, es bastante para admitir que con la concesión de la suspensión de la orden de cancelación, no se vulneran sino se benefician los intereses de la colectividad, y por lo mismo, al ser inoperante el agravio correspondiente, debe confirmarse la interlocutoria a revisión.

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Registro digital (IUS): 815255

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1950; Pág. 167

Precedentes

Incidente de suspensión 8985/46. Carrasco Alfredo A. y coagraviados. 6 de septiembre de 1950. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815255 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815255 de la J. Fiscales SCJN?

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