FISCALES

Artículo IUS 815256. MULTA IMPUESTA POR EL C. JUEZ DE DISTRITO AL QUEJOSO.

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

MULTA IMPUESTA POR EL C. JUEZ DE DISTRITO AL QUEJOSO.

En cuanto se refiere a la imposición de la multa al quejoso, cabe observar que la aplicación, en la especie, del artículo 81 de la Ley de Amparo resulta incorrecta, ya que este precepto legal señala expresamente que se entenderá que la demanda fue interpuesta sin motivo cuando aparezca que sólo se interpuso el amparo con el fin de demorar o entorpecer la ejecución del acto reclamado; y como en el presente caso no concurre dicho presupuesto esencial toda vez que el sobreseimiento fue dictado precisamente por la inexistencia de los actos reclamados, procede, consecuentemente, la revocación del punto segundo resolutivo de la sentencia recurrida.

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Registro digital (IUS): 815256

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1964; Pág. 136

Precedentes

Amparo en revisión 2425/63. Gómez Hernández Modesto. 30 de enero de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Secretario: Emilio Canseco Noriega.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815256 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815256 de la J. Fiscales SCJN?

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