FISCALES

Artículo 4 . CONCEPTOS DE VIOLACION INOPERANTES.

Jurisprudencia · Séptima Época · Segunda Sala

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Texto Legal

CONCEPTOS DE VIOLACION INOPERANTES.

Cuando los conceptos de violación no atacan consideraciones esenciales que rigen el sentido del fallo rebatido, resultan inoperantes porque aún en el caso de que fueran fundados, no bastarían para determinar el otorgamiento del amparo.

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Registro digital (IUS): 815280

Clave: 4

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [J]; 7a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1975, Parte II; Pág. 23

Precedentes

Amparo directo 4566/69. Compañía Fundidora de Fierro y Acero de Monterrey, S.A. 23 de noviembre de 1970. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.Amparo directo 774/72. Luis Romero Romero (sucesión). 20 de julio de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.Amparo directo 3699/71. Contimex, S.A. 26 de julio de 1973. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.Amparo directo 3520/73. Industrias de Calzado Helen, S.A. 27 de junio de 1974. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.Amparo directo 5521/74. Tanques Garza, S.A. 11 de septiembre de 1975. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.Nota: Esta tesis también aparece en: Séptima Epoca, Tercera Parte, Volumen 72, página 49 (jurisprudencia con precedentes diferentes), bajo el rubro "CONCEPTOS DE VIOLACION INOPERANTES.".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 4 del FISCALES?

Jurisprudencia · Séptima Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 4 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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