Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Sólo es causa de improcedencia cuando ocurre durante la tramitación del juicio de garantías, pues si con motivo de dicho cambio se dictó la providencia que el quejoso reclama, el amparo debe negarse en vez de sobreseerse, puesto que tal cosa indica la inexistencia de la violación alegada.
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Registro digital (IUS): 815312
Fuente: Informes
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1945; Pág. 23
Amparo en revisión en materia de trabajo 2289/45. Noriega Angel. 29 de junio de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LXXXIV, página 2818, tesis de rubro "CAMBIO DE SITUACION JURIDICA, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO POR RAZON DE.".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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