FISCALES

Artículo IUS 815487. ACTOS QUE NO SON DE AUTORIDAD.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

ACTOS QUE NO SON DE AUTORIDAD.

Si el recurrente conviene en que el Estado intervino como simple contratante en la operación de compraventa de un bien de dominio privado, no hay razón para estimar que la actuación del mismo Estado al negar la firma de ese contrato y la entrega del documento respectivo, esté actuando ya en el terreno del derecho público, imponiendo su voluntad, ya que si dicho contrato de compraventa está sujeto a las reglas del derecho privado, el comprador está capacitado para exigir ante los tribunales el cumplimiento de lo pactado, o bien para oponerse a cualquier acto que sea en mengua de sus derechos, incluso demandando la nulidad de alguna venta del mismo bien.

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Registro digital (IUS): 815487

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1949; Pág. 29

Precedentes

Amparo 7171/48. Ayala Padilla Mario. 16 de marzo de 1949. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815487 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815487 de la J. Fiscales SCJN?

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