FISCALES

Artículo IUS 815537. REVISION.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

REVISION.

Debe desecharse la que interpuso el secretario del Ayuntamiento de la ciudad de Monterrey, en funciones, dice, de presidente, porque con arreglo a las disposiciones de la Ley sobre Gobierno Interior de los Municipios, vigente en el Estado de Nuevo León, no existe autorizada la suplencia funcional que se atribuye el expresado secretario, máxime, si no acompaña constancia alguna que acredite habérsele conferido la representación del expresado cuerpo; por no surtirse, en el caso, el mandato necesario, con arreglo a los artículos 8o., 9o., y 19 de la Ley de Amparo.

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Registro digital (IUS): 815537

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1948; Pág. 132

Precedentes

Amparo 8875/47. Clemente Rodríguez y coagraviados. 11 de marzo de 1948. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815537 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815537 de la J. Fiscales SCJN?

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