FISCALES

Artículo IUS 815544. SEGURO SOCIAL. COMPETENCIA.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

SEGURO SOCIAL. COMPETENCIA.

No es competente la Segunda Sala de esta Suprema Corte, sino la Cuarta Sala, de acuerdo con el artículo 27, fracción II de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para conocer, en revisión, de un juicio de amparo contra actos del Tribunal Fiscal de la Federación y otras autoridades, con motivo de la aplicación de diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y su reglamento.

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Registro digital (IUS): 815544

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1948; Pág. 135

Precedentes

Amparo 3990/46. Carlos Julián Salim. 28 de junio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815544 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815544 de la J. Fiscales SCJN?

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