FISCALES

Artículo IUS 815546. IMPROCEDENCIA, AMPARO.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

IMPROCEDENCIA, AMPARO.

Lo es el que se pretende hacer valer contra un acto de jurisdicción voluntaria, porque basta la oposición del extraño a las diligencias con que se siente afectado, para que el asunto se haga contencioso y quede sin efecto la resolución que fija el acto para el cual se solicitó la intervención judicial, de lo que se sigue que no se trata de un acto con carácter de definitivo y debe aplicarse la fracción XIII del artículo 73, de la Ley de Amparo.

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Registro digital (IUS): 815546

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1944; Pág. 49

Precedentes

Amparo en revisión 4491/43. González José de Jesús. 3 de diciembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815546 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815546 de la J. Fiscales SCJN?

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