FISCALES

Artículo 6 . MANDAMIENTOS GUBERNAMENTALES DE EJECUCION (RESOLUCIONES PROVISIONALES). EFECTOS PARA LOS QUE, EN SU CASO, DEBE CONCEDERSE EL AMPARO AL PROPIETARIO DE UN PREDIO AMPARADO CON CERTIFICADO DE INAFECTABILIDAD.

Jurisprudencia · Séptima Época · Segunda Sala

scjn-jurisprudencias-fiscalesjurisprudenciaséptima-Épocaadministrativa

Texto Legal

MANDAMIENTOS GUBERNAMENTALES DE EJECUCION (RESOLUCIONES PROVISIONALES). EFECTOS PARA LOS QUE, EN SU CASO, DEBE CONCEDERSE EL AMPARO AL PROPIETARIO DE UN PREDIO AMPARADO CON CERTIFICADO DE INAFECTABILIDAD.

Cuando procede otorgar la protección constitucional a propietarios en contra de los mandamientos de ejecución dictados por los gobernadores de los Estados en procedimientos dotatorios, debido a que los predios, cuya afectación se reclama, se encuentran protegidos por certificados de inafectabilidad agraria, el amparo debe concederse para el efecto de que el gobernador deje insubsistente la afectación decretada en contra del quejoso; sin perjuicio de que, una vez tramitada la segunda instancia del procedimiento agrario correspondiente, el presidente de la República, al dictar la resolución definitiva, resuelva lo que proceda en derecho.

---

Registro digital (IUS): 815560

Clave: 6

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [J]; 7a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1976, Parte II; Pág. 13

Precedentes

Amparo en revisión 7238/68. Evaristo Sánchez Sánchez. 19 de junio de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.Amparo en revisión 9375/68. María Cristina Langenscheidt. 15 de octubre de 1969. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.Amparo en revisión 3582/73. Consuelo García Madero. 17 de abril de 1974. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.Amparo en revisión 753/74. Roberto Carballo Miranda y otros. 3 de noviembre de 1975. Cinco votos. Ponente: Antonio Rocha Cordero.Amparo en revisión 1929/75. Benjamín López García. 28 de enero de 1976. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.Nota:Esta tesis también aparece en:Séptima Epoca, Tercera Parte, Volumen 78, página 59 (jurisprudencia con precedentes diferentes)Apéndice 1917-1995, Tomo III, Parte SCJN, tomo 301, página 216 (jurisprudencia con precedentes diferentes), bajo el rubro "AGRARIO. MANDAMIENTOS GUBERNAMENTALES DE EJECUCION (RESOLUCIONES PROVISIONALES). EFECTOS PARA LOS QUE, EN SU CASO, DEBE CONCEDERSE EL AMPARO AL PROPIETARIO DE UN PREDIO AMPARADO CON CERTIFICADO DE INAFECTABILIDAD.".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 6 del FISCALES?

Jurisprudencia · Séptima Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 6 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 6 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 6 FISCALES desde tu celular