FISCALES

Artículo IUS 815579. AGRARIOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

AGRARIOS.

Conforme al Código Agrario, no compete a las autoridades agrarias decidir por sí y directamente las cuestiones sobre posesión de parcelas, sino a la asamblea general de ejidatarios.

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Registro digital (IUS): 815579

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1946; Pág. 39

Precedentes

Amparo 7879/45. Castellanos Flores Roberto. 25 de enero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815579 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815579 de la J. Fiscales SCJN?

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