FISCALES

Artículo IUS 815631. PERSONA EXTRAÑA AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCION.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

PERSONA EXTRAÑA AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCION.

Cuando la autoridad fiscal embarga la finca donde se supone que estuvo instalada una fábrica clandestina de aguardiente, y el propietario del inmueble rinde pruebas en el sentido de que la fábrica se encontraba en una finca contigua, sin que las autoridades responsables acrediten en la audiencia del juicio de amparo lo contrario, debe considerarse al dueño de la finca como tercer extraño al procedimiento económico coactivo y, en consecuencia, no está obligado a agotar los recursos ordinarios antes de entablar el juicio de garantías, cuanto más que todo el procedimiento se enderezó contra el dueño de la fábrica, y se dirigió contra el propietario de la hacienda, como supuesto deudor solidario, sólo en el momento en que el embargo provisional se transformó en definitivo, por lo que es claro que, antes de la traba de este último, no se citó al quejoso ni se le mencionó como responsable subsidiario de la infracción fiscal.

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Registro digital (IUS): 815631

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1946; Pág. 58

Precedentes

Amparo 1459/46. Víctor Manuel Fernández. 5 de junio de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815631 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815631 de la J. Fiscales SCJN?

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