Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
El quejoso como titular actual de la patente 40319, adquirió el derecho de no participar en sus utilidades al titular de la patente 39222, en virtud de la declaración de nulidad de esta última patente. Ahora bien, es claro que en el juicio de revocación promovido por el señor de la Peña Martínez, contra la declaración de nulidad de la patente 39222, debió figurar como parte, para estar en posibilidad de defender el derecho que obtuvo por virtud de esa declaración de nulidad, pues el artículo 14 constitucional establece que nadie puede ser privado de sus propiedades, posesiones y derechos sin ser oído y vencido en juicio.
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Registro digital (IUS): 815830
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1944; Pág. 117
Amparo 6603/43. Martínez Flores Jorge. 2 de diciembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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