FISCALES

Artículo IUS 815834. DELITO MILITAR.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

DELITO MILITAR.

Cuando intervienen únicamente personas que ostentan carácter militar, en la comisión de un hecho determinado, y su intervención es con motivo de actos del servicio, y ese hecho está comprendido entre los que castiga como delitos la Ley Penal Militar, compete a las autoridades del fuero de guerra el conocimiento del fuero respectivo.

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Registro digital (IUS): 815834

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1931; Pág. 78

Precedentes

Competencia. Suscitada entre los Jueces Segundo de Letras del Ramo Penal de Monterrey, Nuevo León, e Instructor Militar de la misma plaza. Nota: Los datos del asunto en que se sostiene esta tesis así aparecen publicados en el informe.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815834 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815834 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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