FISCALES

Artículo IUS 816034. JEFES DE OFICINAS PUBLICAS. LIMITES DE SUS FACULTADES EN RELACION CON SUS SUBORDINADOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

JEFES DE OFICINAS PUBLICAS. LIMITES DE SUS FACULTADES EN RELACION CON SUS SUBORDINADOS.

A los jefes de oficinas públicas sólo incumbe que los empleados a sus órdenes cumplan con sus deberes oficiales; pero no tienen facultades para constituirse en defensores de los mismos en asuntos de índole particular por lo cual resulta improcedente el amparo que pida un jefe de oficina contra la resolución de una autoridad judicial mandando que se haga descuento en el sueldo de algún empleado de la propia oficina.

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Registro digital (IUS): 816034

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1947; Pág. 95

Precedentes

Amparo en revisión 4569/47. Villagómez Gutiérrez Moisés. 17 de septiembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816034 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816034 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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